Buscar:

Lo más Leído

    Debates abiertos


    CACERES 2016 – ALAIN PUYO

    Estoy verdaderamente abrumado por la repercusión que ha tenido mi apoyo a la candidatura de Cáceres como Capital Europea de la Cultura 2016, mirad la que se ha montado

    http://caceresnews.com

    Gracias Oficina Madrid Seis por mandármelo, yo no me hubiese atrevido a publicarlo.

    NUEVO SEGURO PARA BLOGGEROS

    La correduría LLUCH & JUELICHBORKERS lanza su propio seguro para bloggeros. Demuestra con ello su apuesta por la innovación y por tratar de dar respuestas a las nuevas necesidades aseguradoras que surgen con el desarrollo de los nuevos medios de comunicación.

    Dado que fuimos pioneros en este tipo de seguros, damos la bienvenida a nuestro compañero que seguramente aportará su savoir faire en la comercialización del mismo.

    Quiero destacar su extremada delicadeza y honorabilidad al mencionarnos como producto ya existente en el mercado, recomiendo la lectura de su post (http://www.rankia.com/blog/seguros/2009/12/seguro-de-responsabilidad-civil-para.html ). nos es habitual el fair play en nuestro sector, y por ello debemos felicitarnos. A ver si entre los dos, somos capaces de trasladar a los miles de bloggers que hay de los riesgos en los que incurren.

    SEGUROS – EL DESCONTROL HABITUAL

    Reproduzco parcialmente artículo de laopinioncoruña.es del 23-12. No pretendo entrar en si hay o no actuaciones incorrectas por parte del Ayuntamiento, lo que si refleja a mi entender es que los seguros como siempre somos la hermana pobre del sistema, nos acordamos de ellos cuando de repente los necesitamos y luego, para lo bueno o lo malo, nos olvidamos.

    Seguro que eso no pasa con los préstamos con los bancos, o con contratos de licencias, etc. Pero de los seguros, ¿Quién se ocupa? Si rascamos un poco, al final veremos que el interlocutor de la correduría o de la compañía es el adjunto del adjunto del adjunto, que con suerte lleva tres meses, que nunca se ha molestado en estudiar lo que lleva entre manos y que no sabe ni lo que se cubre, ni para que ni porque. Y que quede claro, esto no pasa solo en lo público, aunque sea más sangrante que es dinero de todos, también pasa en grandes empresas.

    ¿Pueden las telarañas y el polvo estar valorados en 120.000 euros? Este parece ser el caso de la casa de Arrigada, en Cambre, cuyo contenido fue estimado por esta cantidad en su póliza hasta hace poco, a pesar de que el inmueble lleva vacío durante años. Ésta es sólo una de las supuestas irregularidades en materia de seguros que la técnico económico financiera del Concello ha puesto en conocimiento de la fiscal jefe de A Coruña para que determine si hay, o no, indicios de delito en estas actuaciones
    ANA BLASCO | CAMBRE ¿Qué puede albergar un edificio de propiedad municipal por 120.000 euros? Mobiliario, aparatos de electrónica, obras de arte… Pues no. El edificio de Arrigada, cuyo contenido está valorado en esta cantidad en una antigua póliza de seguros, está vacío y cerrado desde hace años.

    Así lo recoge la denuncia presentada ante la Fiscalía de A Coruña por la técnico económico financiera municipal.

    Cuando el Concello de Cambre decidió dejar de cubrir los riesgos de los usuarios y contenidos fantasmas de este inmueble y contrató una nueva póliza, con otra compañía, se ahorró 1.282 euros.

    Sin embargo, de pagar un seguro excesivo pasaron, al poco tiempo, a no pagar ninguno. La funcionaria denuncia que, por no abonar en plazo el nuevo recibo, la póliza fue anulada y la casa de Arrigada se halla ahora sin asegurar.

    No es el único caso. Según la denuncia, los riesgos de numerosos edificios municipales se encuentran sin cubrir. Aunque, tampoco es que valga de mucho, ya que el Concello no reclama daños y perjuicios por la comisión de robos o actos vandálicos en los edificios municipales que sí están asegurados contra esos riesgos.

    Mientras unos inmuebles municipales carecen de pólizas, otros la mantienen al pasar a mejor vida. En la amplia documentación de la que dispone la Fiscalía se denuncia que, “en fechas recientes”, se ha anulado una póliza de un edificio que había sido demolido hace varios años.

    El que continúa siendo asegurado, a pesar de que no alberga ninguna función, es el parvulario de Os Campóns.

    Todos estos seguros, tal y como se recoge en la denuncia presentado ante la Fiscalía, son facturados por la correduría Seculler, al igual que otros muchos: los de vehículos municipales, colegios, el centro de salud o la Casa Consistorial. En el año 2007, el volumen de contratación con esta empresa fue de 147.337,17 euros.

    La mecánica habitual es pagar los recibos que envía dicha correduría, sin comprobar la existencia de mejores ofertas y sin existir ningún procedimiento de contratación, según explica la técnico económico financiera.

    El Gobierno local, preguntado por estas cuestiones, no ha querido ofrecer ningún tipo de explicación para “no entrar en un juicio paralelo” a la investigación que desarrolla la fiscal

    LAS REDES SOCIALES – FACEBOOK-TWITTER-TUENTI-FLICKR

    Hace unos días se anunciaba a bombo y platillo que Facebook alcanzaba los 350 millones de usuarios. También Ramón Albiol me comentaba que en España en pocos meses se había pasado de 300.000 a 700.000 usuarios en Twitter.

    Los encuentros, reuniones, comentarios, artículos y posts sobre estos fenómenos se multiplican ante la rapidez y amplitud del movimiento. Indudablemente un fenómeno de esta naturaleza no pasa desapercibido y los coolhunters (buscadores de tendencias) intentan adivinar que supone y significa a todos los niveles, personal, sociológico, económico, político, etc.

    Por todo lo leído últimamente (comenté que hace unos días participé en el BarCampBank Madrid que versaba sobre este tema) el consenso generalizado es considerar que estamos ante la siguiente etapa de internet webs-chats –foros – blogs – redes sociales.

    Y por tanto, si eres una empresa debes estar. Es imperativo, es necesario, es imprescindible, ¿Cómo no vas a estar?, la gente está allí, por tanto para sobrevivir, para hacer negocio, para vender hay que estar y gastar lo que sea necesario. De hecho, si no estás, eres un anticuado, un obtuso, ….vamos, que no eres nadie.

    Que conste que Alfarisk está en Facebook, cualquiera se atreve a no estar y solo es cuestión de tiempo, estaremos en Twitter, faltaría más. No sé si llegaremos a Flickr, porque mi afición a la fotografía es bien conocida, hice un viaje con mi madre hace años a Atenas y Estambul, llevábamos dos fotos en el carrete y volvimos con una sin hacer.

    Bien, muy bien. Pero hagamos una pregunta incomoda

    ¿es rentable estar?.

    En mi opinión personal, hoy por hoy, no.

    Las redes sociales son eso, redes de personas que se encuentran con personas fundamentalmente con un espíritu lúdico con ánimo de compartir entre ellos aspectos más o menos personales. Es decir, la gente va a lo que va, a divertirse o a darse a conocer, pero nada más.

    Ni siquiera en las redes llamadas profesionales como Xing o Linked, cuyo objetivo fundamental es el networking, pero donde la gente es ciega a todo tipo de publicidad.

    Entonces, no hay que estar.

    NO, no he dicho eso. Lo que digo, es que no es rentable. Creo que es bueno estar, para conocer el medio, aprender y es una vía más de comunicación con los clientes. Particularmente en Alfarisk, que solo trabajamos a través de internet y que no conocemos a la mayoría de nuestros clientes de forma personal, es una forma que el que tenga curiosidad pueda tener una información adicional sobre nosotros.

    Pero al no generar dinero, el tiempo que le dediquemos, debe ser el razonable, mantenerlo actualizado, que sea interesante, agradable, pero no esperar de ello que sea el cojoinvento de sistema publicitario – relacional –fidelización, que no es.

    Insisto, por lo que veo y leo al respecto, las redes sociales, son lugares hoy por hoy, de encuentro fundamentalmente lúdico de muy difícil monetización.

    MONETIZAR INTERNET

    Aunque algunos actores en España reivindican su presencia desde mediados de los noventa, creo que podremos estar de acuerdo en que la primera gran explosión de internet se produjo a partir del año 2000.

    De repente surgió una fiebre del oro, había que estar en internet a cualquier precio y de cualquier manera. Grandes corporaciones y empresas, crearon monumentales sites con pies de barro, se contrataron a los mejores y a muchos mediocres con apariencia de buenos, ejecutivos de altísimo nivel e inteligencia, se quitaron la corbata y se lanzaron al océano olvidando las más mínimas reglas de la prudencia y del sentido común. Lo único importante eran las visitas, muchos miles de visitas, cientos de miles de visitas. Por ahora no compraban, pero ya llegaría…..pero no llegó.

    Como siempre, hubo listos, pillos e inteligentes que dieron el pelotazo, crearon una apariencia de gran idea y le dieron el pase multiplicando por millones su inversión, lo cual alimentó todavía más la burbuja.

    Pero para conseguir las visitas, millones de visitas, había una premisa, había que ponerlo fácil, lo más fácil posible; resultado todo era y en muchos casos sigue siendo, gratis (quitando la conexión, que por cierto es cara y de baja calidad y que seguramente son los únicos que de verdad han ganado dinero con este tema, lo que se dice, ganar dinero).

    Por otro lado, algún ingreso debíamos justificar, ¿no?. Dos grandes ideas surgieron;

    Lo que se vende en internet debe ser más barato que la venta tradicional, al fin y al cabo los costes de estructura son mucho más bajos y esta será la forma de captar clientes y fidelizarlos, luego ya subiremos los precios.

    La publicidad, el gran dorado. La publicidad cubrirá nuestros costes y nos permitirá ganar dinero.

    Pero la publicidad no da. Sí, cada vez se invierte más, pero por cada euro de posible inversión, se multiplican por 20 las webs, blogs, foros, faccebooks y similares donde invertir, lo cual diluye el potencial por site y la efectividad de la publicidad en si misma.

    En cuanto a competir por precio, le idea era buena, pero la propia trasparencia del sistema la hace inviable, siempre hay alguien más barato, siempre alguien está dispuesto a estrechar más sus márgenes e incluso vender a pérdida, la sacro santa y equivocada idea, de que primero hacemos clientes y luego los fidelizaremos. El que entró por precio, se marchará por precio.

    Por último y precisamente porque las barreras de entrada son aparentemente bajas, se multiplican las ofertas, seguramente habrá estadísticas de los cientos o quizás miles de webs nuevas que nacen cada día en todo el mundo, unas copiando modelos que aparentemente funcionan en otros países, otros creyendo haber encontrado la piedra angular de la diferenciación radical y la inmensa mayoría confundiendo el inmenso incremento de tráfico con ganar dinero.

    Y así hemos educado al mercado, gratis y / o barato. Pocos, muy pocos proporcionalmente, hemos comprendido que internet lo que de verdad aporta es la eliminación del tiempo y del espacio. Y que esto es un valor suficiente en sí mismo.

    El hecho de poder buscar una solución en cualquier momento, desde cualquier sitio, sin horarios, sin desplazamientos, justifica ampliamente pagar lo que corresponda por el servicio deseado o necesitado. A, por cierto, olvidemos la fidelización, a muerto.

    Cuando se derrumban las barreras geográficas que me obligan a escoger entre lo que me ofrecen en mi zona, cuando lo puedo hacer cuando a mi me venga bien, pudiendo comparar y escoger, YO CONSUMIDOR, SOY EL REY. Solo quiero comprar lo que quiero comprar, no me ofrezcas otros productos, no me des cupones descuento, no me obligues. Solo quiero lo que quiero, cuando lo quiero. Si te vale bien, si no estás ya habrá otro, es más, probablemente no me acordaré de donde lo compré la otra vez.

    La cuarta parte de los trabajadores está dispuesto a robar información de su empresa

    Publicado por Carlos Álvarez el Noviembre 27th, 2009 en el Blog de Ainur
    Este artículo me ha llamado la atención en especial. Es algo con lo que los administradores de sistemas tenemos que luchar e impedir.
    Un 25% de los trabajadores de oficina robaría datos sensibles de su empresa si pensare que eso ayudaría a algún amigo o miembro de la familia a asegurarse un empleo, según una investigación llevada a cabo por la firma especializada en seguridad de datos Cyber-Ark Software.
    Según la investigación de Cyber-Ark Software, cuatro de cada diez empleados reconoce haber sacado de su empresa datos sensibles en unidades de memoria flash USB. Además, el 26% robaría datos corporativos si fueran despedidos. A un 24% les bastaría como motivo el oír rumores de que su puesto de trabajo estuviera en peligro. Es más, de los que dijo estar dispuesto a llevarse los datos de su empresa, un 28% los utilizaría como arma para negociar un nuevo puesto.
    Casi la cuarta elegiría como objetivo del robo detalles de contacto con clientes. Un 11% optaría por contraseñas.
    “Aunque nada justifica que los empleados estén dispuestos a sacrificar la ética para salvar su puesto, la mayor parte de la responsabilidad de proteger los datos sensibles que posee es del empleador”, comenta al respecto Adam Bosnian, vicepresidente de productos y estrategia de Cyber-Ark Software. “Por eso, las organizaciones deben hacer las mejoras necesarias en lo que respecta a monitorizar y controlar el acceso a sus bases de datos, redes y sistemas, incluso en el caso de usuarios privilegios con legítimos derechos”.

    A esto yo le añadiría que además de todos los esfuerzos que hagan las organizaciones y los administradores de sistemas, como es imposible controlarlo todo, ya sean ataques internos como externos, el sistema de seguridad debe estar coronado por un buen seguro o conjunto de seguros que proteja a la empresa de las consecuencias nefastas que una fuga de datos le puede suponer.

    EJECUTIVOS – EL SEGURO DE D&O

    La revista Ejecutivos ha tenido la amabilidad de publicar un artículo mío sobre las pólizas de Consejeros y Directivos. La verdad, ahora releído me ha quedado un poco espeso, pero no es fácil explicar conceptos técnicos como el claims made, periodo informativo o el cambio de control. Lo reproduzco para que opinéis vosotros mismos.

    CUIDADO CON LOS SEGUROS D&O

    ¿Es Ud. Administrador Único o miembro de un Consejo de Administración? ¿Es Ud. Alto Cargo de una empresa?.

    Si es el caso, Ud. ejerce actualmente una de las actividades potencialmente más peligrosas que existen en el mercado.

    Básicamente la Ley (art. 133 y siguientes de la LSA) establece que los administradores (ver Altos Cargos, según las circunstancias) responden de los perjuicios que ocasionen en el desempeño de sus funciones gestoras por actos realizados sin la debida diligencia, incluso en supuestos de culpa leve.

    Los administradores responden con su propio patrimonio personal presente y futuro de las consecuencias lesivas que se deriven de su actividad gestora.

    Estableciéndose además, el principio de solidaridad de todos los miembros del órgano de administración, lo cual implica que cada uno de ellos responde de la integridad del perjuicio económico causado a terceros.

    La casuística de circunstancias que pueden dar lugar a una reclamación es tan amplia que es imposible establecer una lista cerrada, a modo enunciativo podemos indicar:
    • Mala administración del capital social.
    • Incumplimiento de los Estatutos Sociales.
    • Realización de inversiones inadecuadas.
    • Falta de verificación y firma de documentos.
    • Distribución improcedente o abusiva de dividendos.
    • Facilitar información incorrecta.
    • Decisiones erróneas en supuesto de fusiones y adquisiciones.
    • Asunción de obligaciones que la sociedad no puede afrontar.

    Para complicar más las cosas la jurisprudencia, largamente asentada en nuestro derecho, establece que este tipo de responsabilidad es de las denominadas, cuasi objetivas. Es decir, que contrariamente a lo habitual en materia de responsabilidad civil, en donde se exige que el demandante demuestre que ha habido un daño, un hecho que lo ha provocado y un nexo causal, en estos casos casi bastará con que haya habido un daño, para que sea el demandado el que tenga que demostrar que él actuó lo mejor que pudo, a pesar de lo cual, se produjo el daño.

    El ejemplo típico es el concurso de acreedores o la quiebra. Cuando se declara, es evidente que se produce un daño a los acreedores que en principio ven perjudicados sus créditos, y será el administrador el que deberá demostrar que la situación se ha dado a pesar de haber actuado diligentemente.

    A nadie se le escapa que a toro pasado y una vez dictaminada la situación concursal, demostrar que se hizo todo perfecto conlleva sus ciertas dificultades.

    Especialmente porque es muy fácil imputar la responsabilidad de los administradores en base al art. 260.4 LSA que establece que una de las causas de disolución de una empresa es:

    “Por consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso conforme a lo dispuesto en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.”.Se da muy a menudo la firma de compromisos como pagarés, reconocimientos de deudas, etc… que si a la empresa le va bien, no plantea ningún problema, pero si luego se da la situación concursal, será relativamente fácil presumir / demostrar este incumplimiento.

    LOS SEGUROS DE D&O

    Para paliar esta situación, al fin y al cabo nos estamos jugando nuestro patrimonio personal presente y futuro, surgieron a mediados de los cincuenta en EEUU, los denominados seguros de Responsabilidad Civil de Consejeros y Directivos, también conocidos por sus siglas anglosajonas D&O (Directors and Officers).

    Resumiéndolo a lo esencial, este tipo de seguros establece que en caso de demanda contra una persona en su calidad de administrador o Alto Cargo (persona con poderes generales para representar y obligar a la empresa frente a terceros) la compañía de seguros pagará los gastos de defensa del / de los demandados, y eventualmente la indemnización a la que fuesen condenados, hasta el límite de cobertura contratado.

    No es objeto de esté artículo entrar en los detalles de este tipo de seguros ni en su evolución, baste decir, que en nuestro país hasta hace bien poco, era un producto solo demandado por las grandes multinacionales, las empresas del IBEX y unos pocos iluminados más.

    Sin embargo en los últimos tres a cuatro años, sí se ha producido una venta más generalizada del mismo, con reducciones muy importantes en su precio (hay que pensar que en el año 2000 el precio mínimo eran 5.000 € y se han llegado a vender en el último año por 450 €) con ampliación cada vez más sofisticada de las garantías.

    Ni que decir tiene que la actual situación de crisis con miles de concursos (la antigua suspensión de pagos) ha despertado un creciente apetito por estos seguros, “por si acaso”.

    QUE DEBE UD. VIGILAR EN ESTE TIPO DE SEGUROS

    Estos seguros (traídos del mundo anglosajón) se basan en el concepto “claims made”, que resumiéndolo establece que se dará amparo a todas las reclamaciones presentadas contra los administradores y Altos Cargos durante la vigencia del seguro, independientemente de la fecha de origen de los hechos, ya sea 6 meses antes o dos años.

    Ahora bien, debemos insistir en el concepto de Periodo de Seguro, si se ha contratado por ejemplo de 01-01 a 31-12, todas las demandas producidas en dicho periodo serán atendidas, pero si se presentan el 03-01 del año siguiente y no se ha renovado el seguro, no tendrá cobertura.

    Se establece una limitación a este Periodo de Cobertura, si durante la vigencia del mismo se produce una situación de Cambio de Control, fundamentalmente Fusiones, Absorciones, Escisiones y situaciones concursales, la cobertura se limita a todos los hechos anteriores a dicha situación.

    En nuestro anterior ejemplo de póliza de 01-01 a 31-12, si el concurso se admite por ejemplo el 01-06, se cubrirá cualquier demanda presentada hasta el 31-12 pero solo por hechos acontecidos antes del día 01-06 o hasta ese mismo día.

    A nadie se le escapa, que la compañía no estará muy inclinada a renovar la póliza si ya existe una declaración formal de concurso que puede dar pie a futuras reclamaciones contra los administradores y / o Altos Cargos, y prácticamente imposible conseguir cobertura en otra compañía, por lo que a partir del 01-01 del año siguiente (en nuestro ejemplo) quedaremos al descubierto.

    Para evitar esta situación, las compañías establecen lo que se denomina un Periodo Informativo, o Periodo de Descubrimiento o similar, que establece que si se da alguna de estas circunstancias, el cliente podrá comprar una extensión de los efectos del seguro durante uno, dos y en algún caso hasta cinco años, para recibir reclamaciones, siempre limitadas hasta la fecha en que se produjo el Cambio de Control, y que sean atendidas.

    PERO CUIDADO, la inmensa mayoría de las pólizas existentes en el mercado (afortunadamente hay alguna excepción), derogan la posibilidad de comprar libremente esté Periodo Informativo si se da un Cambio de Control, por ejemplo una situación concursal. Por tanto, después de haber pagado la póliza durante varios años, cuando todo iba bien, se puede encontrar con que la compañía no le quiera vender la mencionada prorroga y se encuentra sin cobertura.

    INJUSTO, SI, LEGAL, TAMBIEN.

    En aras de la verdad y hasta donde yo conozco como corredor especializado, debo decir, que la tendencia general de las compañías está siendo la de acompañar a sus clientes en estos momentos, pero no deja de ser potestativo por su parte, y eso siempre conlleva un riesgo adicional.

    Por todo esto, si Ud. ya tiene un seguro de D&O corra a buscarlo y a leerlo, consulte con su corredor y / o con la compañía y en la medida de lo posible, negocie está contingencia, “por si acaso”. Si Ud. no lo tiene, cómprelo, dormirá mucho más tranquilo, pero hágalo con inteligencia, es un detalle muy importante.

    GUIA LEGAL PARA BLOGUEROS Y PODCASTERS

    Recomiendo fervientemente a todos los que estamos metidos en esto que vayáis a www.derechoenred.com y os descargéis la Guía. Es muy interesante y nos advierte de nuestros riesgos jurídicos tanto en materia civil, penal, fiscal y lopd. A lo mejor, después le encontráis más sentido a www.segurosbloggers.es, por muy bien que intentemos hacer las cosas, nunca se sabe. en los próximos días publicaré posts relacionados.

    ASEGURAR UN AGUILA

    Muchas veces puede parecer que el sector de seguros es gris y aburrido, pero los que lo vivimos con pasión, podemos atestiguar de lo contrario.

    Particularmente en www.alfarisk.es, que estamos especializados en seguros especiales, tenemos la satisfacción de enfrentarnos regularmente con retos complicados que nos obligan a buscar y rebuscar soluciones bajo las piedras.

    Los últimos dos casos, han sido asegurar la responsabilidad civil de un águila para cetrería y el seguro multirriesgo de doce estaciones repetidoras de TDT.

    La dificultad en el caso del águila, es que la mayoría de las compañías, saliendo del perro y del gato, se niegan a pensar más: Al fin y al cabo, en este caso de trata de un animal entrenado para cazar, igual que un perro, pero como en todo hay un riesgo, que en lugar de ir a por la presa señalada, vaya contra una oveja o también cabe la posibilidad de que se de un golpe contra una línea eléctrica, con los consiguientes daños.

    En el caso de los repetidores TDT, el riesgo es más evidente, porque los mismos están en mitad del campo y por tanto la garantía de robo es arriesgada.

    Que conste que no siempre lo conseguimos, todavía recuerdo la vez en que nos pidieron asegurar un árbol o unas panteras, siendo la mayor espinita que tengo clavada, la de no haber podido encontrar un seguro de responsabilidad civil para una secretaria autónoma, si si, una secretaria autónoma, a que parece una tontería, pues no hubo forma.

    SEGURO LOPD

    Ayer nos desayunamos con la noticia de que 173 expedientes de personas trasplantadas habían aparecido tirados en la calle.

    Desgraciadamente este tipo de noticias se repite con cierta frecuencia lo cual demuestra la falta de concienciación que existe “todavía” sobre estos temas.

    Nuestra propia experiencia personal, nos demuestra en el día a día, que a pesar que la legislación sobre la materia se remonta a los años 90, son la inmensa mayoría (incluidas algunas compañías de seguros) las empresas que no están adaptadas a la ley.

    Si tenemos en cuenta que las multas medias oscilan entre los 60.000 y los 120.000 €, pudiendo llegar hasta los 600.000 €, parece increíble la dejadez con la que las empresas y autónomos con datos protegibles afrontan está materia.

    Desde hace apenas tres años, existe en el mercado asegurador, un producto que cubre el pago de las multas que imponga la Agencia Española de Protección de Datos y eventuales condenas por la vía civil que se puedan producir relativas a esta materia, siempre y cuando, por supuesto, se esté adaptado a la ley.

    Conceptualmente se nos hace extraño que exista un seguro que se haga cargo de las multas, y son muchos los que están en la falsa creencia de que esto está al borde de la legalidad. Lo cierto, es que la Ley de Contrato de Seguro, solo prohíbe explícitamente está posibilidad en el caso de los seguros de Defensa Jurídica y en nuestro ordenamiento, lo que no está prohibido está permitido.

    Por otro lado, hay que comprender, que se trata de un producto trasplantado del mundo anglosajón, en donde los jueces, además de la pena resarcitoria (contemplada en nuestro art.1.902 y siguientes del Código Civil) pueden establecer una pena punitiva, que en muchas ocasiones supera con creces la primera. De ahí, que en dichos fueros, sea imprescindible contemplar el pago de cualquier “multa-sanción” que pueda recibir la empresa.

    El que quiera más información, puede encontrarla en www.segurolopd.es.

    

    Bienvenido al blog de Seguros de Riesgos con Alain Puyo, experto en el area de seguros con experiencia en el sector desde 1991.. Suscribete a las noticias por mail

    E-mail:

    Este blog funciona gracias a WordPress | Un blog de Seguros Red | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

    Analizamos Seguros y Aseguradoras | Publicaciones especializadas en Seguros
    ---