RESPONSABILIDAD CIVIL CONSEJEROS Y DIRECTIVOS
Escrito por Alain Puyo el 7 febrero, 2010Como saben lo que me siguen habitualmente, este tipo de seguros es de mis favoritos. A pesar de la crisis que vivimos, todavía no se ha convertido en un seguro tan habitual como el del coche, aunque debería serlo y algo vamos avanzando.
Uno de los síntomas de este avance, es la competencia existente entre las compañías, con afán de intentar diferenciarse de la competencia en algo que no sea solo el precio.
Hace unas pocas semanas, una compañía ha lanzado una renovación de sus productos, pero en uno de ellos, nos encontramos con la siguiente exclusión:
Queda expresamente excluida de la cobertura de la presente Póliza cualquier Reclamación derivada de o de alguna forma relacionada con la insolvencia, quiebra, liquidación o administración concursal de la Sociedad o de sus Sociedades Filiales o su incapacidad real o alegada para hacer frente a todas o parte de sus deudas.
Pues ya me dirá Ud. cuando me va a cubrir.
Indudablemente cuando más riesgo tiene un administrador o alto directivo de que le demanden es cuando la empresa se encuentra en situación concursal (antigua suspensión de pagos) o la quiebra. Incluso amplían la exclusión a la incapacidad de hacer frente a una deuda.
Me constan ejemplos en EEUU en donde un Consejero Delegado fue demandado por varios accionistas por unas declaraciones al presentar las cuentas, que hundieron la cotización durante bastante tiempo, pero reconocerán conmigo que no es lo más habitual en nuestro tráfico mercantil.
Vamos, que como siempre, a la mujer y a papel hasta ………..as de ver.
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